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FORMALBA FORMACIÓN AVANZADA
Amparándose en el artículo 299 de la ley general de Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede suspender el subsidio o la prestación por desempleo a los beneficiarios que no acudan a una entrevista de trabajo o empleos que ellos hayan facilitado, lo cual también es de aplicación a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años.
Esto es así porque, para mantener la prestación, los beneficiarios del subsidio deben cumplir con una serie de obligaciones, entre las que se encuentran:
- La presentación anual de la declaración de rentas.
- Sujetarse a un compromiso de actividad formalizado en el formulario de solicitud que incluye la disposición para aceptar ofertas de empleo o formación.
- Buscar activamente empleo y participar en actividades de mejora de empleabilidad que determine el SEPE.
- Facilitar información actualizada al SEPE y al servicio autonómico de empleo (SPEA), especialmente sobre el domicilio y vías de notificación.
- Proporcionar la documentación necesaria para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del subsidio.
- Solicitar la baja en el subsidio cuando surjan situaciones que suspendan o extingan el derecho a la ayuda.
- Mantener la inscripción como demandante de empleo en los servicios públicos correspondientes.
- Asistir a citas y convocatorias de las oficinas de empleo, incluyendo entrevistas, cursos y otras actividades.
- Presentar justificantes de asistencia a entrevistas o eventos requeridos en un plazo de cinco días.
Para que la entrevista de trabajo u oferta de empleo sea considerada adecuada, se debe cumplir ciertos requisitos:
- Debe estar ligado a la última profesión realizada por el trabajador o, al menos, estar relacionada con su formación y experiencia
- Deben garantizársele condiciones salariales justas, siendo el mínimo el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en ese momento.
- El puesto de trabajo debe encontrarse en la localidad de residencia del desempleado o en una distancia que no represente un perjuicio desproporcionado para su acceso.
En caso de ser sancionado por primera vez, se penalizará con la suspensión del subsidio durante tres meses, seis meses durante la segunda, y será suspendido definitivamente si es reincidente una tercera vez.
Amparándose en el artículo 299 de la ley general de Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede suspender el subsidio o la prestación por desempleo a los beneficiarios que no acudan a una entrevista de trabajo o empleos que ellos hayan facilitado, lo cual también es de aplicación a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años.
Esto es así porque, para mantener la prestación, los beneficiarios del subsidio deben cumplir con una serie de obligaciones, entre las que se encuentran:
- La presentación anual de la declaración de rentas.
- Sujetarse a un compromiso de actividad formalizado en el formulario de solicitud que incluye la disposición para aceptar ofertas de empleo o formación.
- Buscar activamente empleo y participar en actividades de mejora de empleabilidad que determine el SEPE.
- Facilitar información actualizada al SEPE y al servicio autonómico de empleo (SPEA), especialmente sobre el domicilio y vías de notificación.
- Proporcionar la documentación necesaria para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del subsidio.
- Solicitar la baja en el subsidio cuando surjan situaciones que suspendan o extingan el derecho a la ayuda.
- Mantener la inscripción como demandante de empleo en los servicios públicos correspondientes.
- Asistir a citas y convocatorias de las oficinas de empleo, incluyendo entrevistas, cursos y otras actividades.
- Presentar justificantes de asistencia a entrevistas o eventos requeridos en un plazo de cinco días.
Para que la entrevista de trabajo u oferta de empleo sea considerada adecuada, se debe cumplir ciertos requisitos:
- Debe estar ligado a la última profesión realizada por el trabajador o, al menos, estar relacionada con su formación y experiencia
- Deben garantizársele condiciones salariales justas, siendo el mínimo el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en ese momento.
- El puesto de trabajo debe encontrarse en la localidad de residencia del desempleado o en una distancia que no represente un perjuicio desproporcionado para su acceso.
En caso de ser sancionado por primera vez, se penalizará con la suspensión del subsidio durante tres meses, seis meses durante la segunda, y será suspendido definitivamente si es reincidente una tercera vez.